¿Qué es la inversión del sujeto pasivo?

Si eres un trabajador autónomo, seguramente ya te habrás encontrado antes con el concepto de la inversión del sujeto pasivo. Se trata de una excepcionalidad dentro de una de las actividades más comunes para los autónomos: realizar facturas.

Pero en el caso de que hayas llegado hasta aquí sin saber muy bien lo que es, o bien quieras conocer en profundidad cuándo y cómo se pueden dar este tipo de situación , has llegado al lugar adecuado. En Balio vamos a hacerte una pequeña guía de todo lo que tienes que saber alrededor de la inversión del sujeto pasivo.

Si vas a emitir o recibir una factura en la que haya posibilidades de encontrarte con este tipo de supuesto… ¡Continúa leyendo!

Lo primero es lo primero: ¿qué es la inversión del sujeto pasivo?

Cuando hablamos de la inversión del sujeto pasivo nos estamos refiriendo a una circunstancia que tiene que ver con el IVA, es decir, el Impuesto sobre el Valor Añadido. Pero antes de explicar de qué forma afecta este impuesto a cada cual, es importante que conozcas la diferencia entre la figura del contribuyente, y la figura del sujeto pasivo, que aunque a veces coinciden, no son lo mismo.

El IVA, clave en el sujeto pasivo

El contribuyente es cualquier persona que consuma algún producto o servicio, y que será el que soporte el tributo o la carga del impuesto incluido en el pago de su consumición. Mientras tanto, el sujeto pasivo es el profesional autónomo o empresa que se encarga de prestar el producto o servicio, y que además está obligado a sostener la obligación tributaria de liquidar dicho impuesto.

Así pues, ahora que hemos aclarado cuáles son estas dos figuras y su relación, es el momento de que puedas preguntar… ¿Qué es la inversión del sujeto pasivo? Es una situación excepcional en la cuál el autónomo o empresa traspasa la responsabilidad de sostener la obligación tributaria de liquidar el IVA al contribuyente, que se convierte de forma esporádica, en el sujeto pasivo.

Normalmente el sujeto pasivo es la empresa o autónomo que ofrece un producto o servicio, y es el que se encarga de liquidar el IVA con la Agencia Tributaria. La inversión del sujeto pasivo traslada dicha responsabilidad al contribuyente, que es el que consume el producto o servicio.

Y…¿cuáles son los supuestos en los que se puede dar la inversión del sujeto pasivo?

Los motivos por los cuáles el sujeto pasivo se puede trasladar a la otra persona relacionada en una operación de compra-venta son varios, y muchos de ellos se fundamentan en el tipo de producto o servicio del que se trata. Vamos a verlos para que puedas tenerlo totalmente claro:

  • Cuando la entrega se trata de oro sin elaborar, o de productos semielaborados de oro, de ley o superior a 325 milésimas.
  • También cuando la entrega es de desperdicios o desechos de la industria.
  • En entregas de bienes inmuebles que hayan sido efectuadas a raíz de un proceso concursal.
  • En las entregas de bienes inmuebles exentas sobre las que se refieren los números 20 y 22 del apartado 1 del artículo 20 de la Ley de IVA, en las que el sujeto pasivo hubiera decidido renunciar a la exención.
  • También en entregas de bienes inmuebles que se efectúen en ejecución de una garantía que estuviera constituida sobre estos inmuebles. Principalmente una ejecución hipotecaria.
  • En las prestaciones de servicios que tengan por objeto los derechos de emisión. También las reducciones certificadas de emisiones y las unidades de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
  • Por otro lado, también en las ejecuciones de obra, haya o no haya aportación de materiales. También en el caso de que haya cesiones de personal para la realización de la obra siempre que el contrato haya sido formalizado entre el contratista y el promotor y que sean para urbanizar terrenos y construir o rehabilitar edificaciones.
  • Cuando haya rehabilitación de un local de negocios también se podrá dar el caso de la inversión de sujeto pasivo, en los casos en los que el edificio sea propiedad o del rehabilitador o de terceros.

Nuevas actualizaciones de la inversión del sujeto pasivo

Estas son, hasta hace relativamente poco, las excepciones que existían para que se diese la situación de la inversión del sujeto pasivo. Sin embargo, en 2015 se añadieron otros casos en los que se entendía que se daba este caso, a raíz de la ley 28/2014, dentro de la ley 37/1992 del IVA. Vamos a ver cuáles son esas nuevas circunstancias que debes tener en cuenta a la hora de realizar facturas:

  • En la compraventa de teléfonos móviles, siempre que el que lo venda sea un empresario o un revendedor, o bien en cualquier caso que la cifra sea superior a los 10.000€.
  • También, dentro de la electrónica, en consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales, como en el punto anterior, solamente si el vendedor es empresario o es reventa o que sea un precio superior a 10.000€.
  • Cuando el objeto de la futura factura sea plata, platino o paladio, pudiendo ser en bruto, en polvo o semilabrado. También se incluye en las situaciones en las que puede darse la inversión de sujeto pasivo cuando el intercambio económico sea a raíz de transformar algún objeto con estos tres materiales. Todo ello solamente se dará en caso de que los materiales no estén incluidos en el ámbito de la aplicación del régimen especial que se aplica a los bienes usados, objetos de arte y de colección y las antigüedades.

Qué hacer ante una factura en estos casos

Como puedes ver, es posible que en tu actividad como empresario o autónomo te encuentres con esta situación dada por el supuesto de la inversión de sujeto pasivo. Y también es posible que te encuentres en la situación de estar al otro lado, y ser el comprador de una operación que también conlleva este supuesto.

supuesto de inversión del sujeto pasivo

¿Has pensado cómo debe de ser la factura que refleje esta situación en la que el IVA le repercute a la otra persona? Pues si no lo sabes, no te preocupes, porque vamos a explicarte bien cómo debes actuar en caso de ser tú quien emita la factura, y también en caso de que seas la persona que la reciba:

➡️ Si la emites

Como te decimos, en caso de hacer una factura con inversión del sujeto pasivo, es decir, sin aplicarle el IVA que te correspondería en la gran mayoría de situaciones, debes tener en cuenta lo siguiente:

  1. Que la factura no refleje ninguna cantidad de IVA, pues será el cliente el encargado de declarar el impuesto.
  2. Deberás incluir una mención expresa de que se está dando el supuesto de la inversión de sujeto pasivo. Puedes expresarlo así: “Esta operación está afectada por por un supuesto de inversión del sujeto pasivo, conforme al artículo 84.1, apartado segundo, de la ley 37/1992 del IVA”.
  3. El total de la factura ya no tendrá la suma añadida de la cantidad del IVA, evidentemente, por lo que el total será la misma cantidad que la base imponible que habitualmente figura en las facturas, y no recibirás la parte que corresponde al impuesto.
  4. Aunque en la propia factura tendrás que tener en cuenta todo esto, sí estarás obligado a declarar y reflejar la cantidad de dinero de estas ventas con el modelo 303 de IVA, en concreto en la casilla 61. También deberás hacer lo propio en el resumen anual a partir del modelo 390, donde existen unos apartados específicos para el supuesto de la inversión de sujeto pasivo.

⬅️ Si la recibes

En caso de que seas tú la persona que reciba una factura con un supuesto de inversión de sujeto pasivo, lo que tienes que hacer es “autorrepercutirte” el IVA. Esto quiere decir, básicamente, que tienes que encargarte de pagar el IVA de dicha factura aunque hayas sido el comprador.

Así pues, para hacerlo, no será en el momento de la emisión de la factura, sino a posteriori declarándolo mediante el modelo 303 al terminar ese trimestre, como de forma anual a través del modelo 390. Es decir, igual que quien emite la factura, pero añadiendo la cantidad de IVA que sea.

Eso sí… ¡Muy importante! Deberás añadir en dicho modelo que hay que rellenar para enviar a la Agencia Tributaria cuál es la cantidad del IVA devengado y la del IVA deducible, que normalmente suele coincidir. Cada uno de ellos tiene un apartado específico en el modelo, así que lo encontrarás sin ningún problema.

¡Importante! Infracciones en este supuesto

Te hemos explicado a lo largo de todo el artículo qué es la inversión del sujeto pasivo, cuáles son los casos en los que se puede dar y también cómo debes actuar a la hora de hacer o recibir la factura.

Es importante que sigas paso a paso esto, porque en caso de equivocarte, o de que olvides algo, Hacienda puede multarte si no está todo correcto. Vamos a ver algunos errores que se pueden cometer:

  • Olvidar hacer la mención a que esa factura está sujeta a la inversión de sujeto pasivo, por lo que Hacienda entendía que simplemente se ha olvidado el IVA y podría multarte.
  • Que, reflejando en la factura el supuesto de ISP, sea el que emite la factura el que declare y pague el IVA.
  • Que el destinatario de la factura olvide declarar el IVA a posteriori, o bien que lo declare pero no lo incluya.

¡Tienes que estar atento a todo esto! En el caso de algunos de los errores que contamos, puede haber rectificación, pero en otros no por lo que lo mejor es hacer las cosas con calma y atención.

Esperamos haberte servido de gran ayuda. Si te ha quedado algún tipo de duda, o te gustaría que hablásemos sobre otro tema relacionado con el mundo de la economía y las finanzas, puedes escribirnos o echar un vistazo a alguno de nuestros cursos online.

Gracias por leernos. ¡Nos vemos en el próximo artículo!

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